8.3 ASISTENCIA SANITARIA EN EL EXTRANJERO

1. Funcionarios docentes afiliados a MUFACE

La asistencia sanitaria de los funcionarios docentes en el exterior, afiliados a MUFACE, y la de sus beneficiarios, se cubre mediante el concierto que dicha Mutualidad ha suscrito con con la aseguradora médica que acuerden.

La cobertura de la asistencia sanitaria se estructura sobre la base del sistema de reembolso. El trámite ante la Oficina Delegada de MUFACE en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Una vez publicados los nombramientos en el BOE, la Subdirección General de Cooperación Internacional notifica a la Oficina Delegada de MUFACE en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación los datos del funcionario docente destinado en el exterior.

Para formalizar el alta en la aseguradora médica correspondiente, el mutualista deberá remitir por correo o entregará personalmente en la Oficina Delegada de MUFACE en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperaciónla siguiente documentación:

  • Documento de Afiliación a MUFACE (original)

  • Tarjetas sanitarias de la Entidad médica a la que el mutualista y sus beneficiarios estaban adscritos

  • Talonarios de recetas oficiales

  • Fotocopia del D.N.I. de los beneficiarios mayores de 14 años o, si se prefiere, autorización expresa para realizar la consulta en el sistema de Verificación de Datos de Identidad

  • Fotocopia del nombramiento

  • Solicitud de variaciones modelo AB-1 MUFACE cumplimentado por el interesado

Para el Profesorado destinado en Escuelas Europeas, la asistencia sanitaria está cubierta por las propias Escuelas Europeas, de acuerdo con su Estatuto de Personal Docente.