8.4 DOCUMENTO NACIONAL DE IDENTIDAD, PASAPORTE Y VISADO
Cuando vayan a un país para el que se necesita visado, pero no se le expide pasaporte de servicio, la nota verbal que hace el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación para poner el visado en su pasaporte ordinario no se hace en el momento, se le entrega dos días después de solicitarla y de tener la documentación en regla. Una vez que tienen la nota verbal, el interesado tiene que ir a la embajada del país correspondiente para solicitar el visado.
El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación tarda en emitir los pasaportes de servicio como mínimo ocho días desde que lo solicitan los interesados, si además necesitan visado se les hace también la nota verbal. Y una vez que tienen el pasaporte de servicios y la nota verbal, el interesado tiene que ir a la Embajada del país correspondiente para solicitar el visado.
Por tanto, las peticiones de nota verbal como de pasaporte de servicio, las tienen que hacer los interesados.
1. Pasaporte de Servicios
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Expedición en España
En los casos en los que sea necesario contar con pasaporte de servicios antes de salir de España, el funcionario docente debe presentarse personalmente en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Subdirección General de Personal, Pasaportes Diplomáticos (ver “III.Direcciones de Interés”) con la siguiente documentación:
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Una fotografía de tamaño carnet pegada al formulario.
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Fotocopia del D.N.I.
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Pasaporte ordinario español en vigor.
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Fotocopia del Libro de Familia, si el titular solicita pasaporte para su esposa/o, en los nuevos pasaportes no se pueden incluir los hijos, ya que éstos tienen que ir con su pasaporte ordinario.
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Fotocopia del B.O.E. por el que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de vacantes en el exterior (No se aceptarán certificados).
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Formulario de datos para la expedición de pasaporte debidamente cumplimentado (Anexo IV)
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Expedición a través de la Embajada o Consulado de destino del funcionario
En los casos en los que no sea necesario contar con pasaporte de servicios antes de salir de España, el funcionario docente destinado en el exterior, puede solicitarlo a través de su Embajada o Consulado.
Para ello es precisa la siguiente documentación:
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Una fotografía tipo pasaporte, pegada al formulario que le entregarán en la Representación correspondiente.
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Pasaporte ordinario español vigente.
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Fotocopia del B.O.E. por el que se resuelve el concurso de méritos para la provisión de vacantes en el exterior, en la que conste la duración de la misma (No se aceptarán certificados).
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Fotocopia del libro de familia en el caso de estar casados (Los hijos no se pueden incluir en estos pasaportes, tendrán que estar en el país de destino con su pasaporte ordinario).
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Formulario de datos para la expedición del pasaporte debidamente cumplimentado (Anexo IV).
En la petición tienen que hacer constar la ciudad donde van a ir destinados para luego poder enviar a la Representación correspondiente su pasaporte ordinario. Actualmente el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación no suele expedir pasaporte de servicios para los funcionarios destinados en países de la Unión Europea.
El pasaporte de servicios deberá ser devuelto obligatoriamente al Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación una vez finalice el período total de adscripción y se produzca el cese en el país de destino, para proceder a su anulación.
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2. Visado
Los funcionarios docentes destinados a Australia, Colombia, Estados Unidos, Canadá, China y Guinea Ecuatorial es necesario, además de ir provistos de pasaporte, obtener el visado correspondiente en la Embajada o Consulado (Ver apartado III. Direcciones de Interés).
Para la obtención del visado es preciso que los interesados se personen en la Subdirección General de Personal del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (Plaza de la Provincia, nº 1), provistos de su pasaporte ordinario al objeto de recoger una Nota Verbal que les será entregada personalmente.
Dicha Nota Verbal deberán presentarla en la Embajada correspondiente y cumplimentar el resto de los requisitos exigidos para la expedición del visado.
En el caso de Australia, es necesario que los profesores y familiares que vayan a acompañarles, se sometan a los reconocimientos médicos que indique la Embajada que, asimismo, determinará qué facultativos deben realizarlos.
Para Colombia llevarán su pasaporte ordinario y Nota Verbal de cortesía, desde la Embajada de España en Bogotá es cuando deben solicitar el pasaporte de servicios.
Y, en el caso de Estados Unidos, se les hace una Nota Verbal para que les pongan el Visado en la Embajada de EEUU en Madrid.
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